LAS GRANDES EMPRESAS OBLIGADAS POR EL REAL DECRETO 56/2016 A REALIZAR UNA AUDITORÍA ENERGÉTICA ANTES DEL PRÓXIMO 13 DE NOVIEMBRE DE 2016

El Real Decreto 56/2016, publicado el 13 de febrero de 2016, establece para las grandes empresas y grupos de sociedades la obligación de realizar auditorías energéticas y dispone un plazo de 9 meses para realizar la primera auditoría.

Quiénes están obligados: las empresas con más de 250 empleados o que, sin cumplir dicho requisito, tengan un volumen de negocio superior a 50 millones de euros y, a la par, un balance de 43 millones de euros, así como los grupos de sociedades que cumplan los referidos requisitos de gran empresa.

Cuándo se debe realizar la auditoría: el plazo para realizar la primera auditoría cumple el próximo 13 de noviembre de 2016, siempre que no se haya realizado previamente ninguna en un plazo inferior a cuatro años.

Cuáles son los requisitos de la auditoría: deberán realizarse cada cuatro años y deben cubrir como mínimo el 85% del consumo total de energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en territorio nacional, que formen parte de las actividades industriales, comerciales y de servicios de las empresas y grupos obligados. Además deberán comunicar su realización en un plazo de 3 meses desde la fecha de su ejecución, al órgano competente de la comunidad autónoma, para su trámite en el Registro Administrativo de Auditorías Energéticas del Ministerio de Industria.

Quién puede realizar la auditoría: las auditorías energéticas a las que obliga el Real Decreto 56/2016 sólo pueden ser llevadas a cabo por los profesionales y empresas que, cumpliendo con los requisitos establecidos en el mismo, se encuentran hablitados como proveedores de servicios energéticos y están registrados en el Listado de Proveedores de Servicios Energéticos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

El incumplimiento de lo establecido en este Real Decreto puede dar lugar a sanciones con multas de hasta 60.000 € para las infracciones más graves.

 

Consultoría Ecoenergética, S.L. se encuentra habilitada y registrada para la realización de estas auditorías.

 

  

Si lo desea, puede acceder al contenido completo del Real Decreto en el siguiente enlace:

Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero de 2016, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.

 

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